viernes, 25 de noviembre de 2011

Reforma de la Constitución

En pocos meses, abril de 2012, la Constitución de nuestra provincia cumplirá cincuenta años desde su sanción. Santa Fe no adhirió al mayoritario espíritu reformista de mediados de los 80 que signó el derecho público provincial argentino ni modificó su carta magna pese a la reforma nacional de 1994. No es cuestión de revisionismo crítico, es necesidad de adaptación a los nuevos tiempos, incluso adecuación a principios y valores sustantivos incorporados al actual texto nacional.
Toda Constitución y cualquier reforma implica un acuerdo democrático y colectivo: "un pacto de garantías y convivencia" que debe perdurar en el tiempo. Los santafesinos y las fuerzas políticas que los representan en este nuevo escenario poselectoral, deben encontrar las coincidencias y los consensos necesarios para abordar las reformas pendientes. Es más lo que une que lo que separa.
En nuestro caso no somos reformistas "de ocasión". Es convicción en su necesidad, no oportunismo reformista según el color político de los gobiernos. Apoyamos en la legislatura, desde nuestra perspectiva, los intentos reformistas en la década del 80 y luego desde la academia cada vez que fuimos consultados, e integramos el Foro por la Reforma que presidió el doctor Iván Cullen. También participamos del actual proyecto que envió el Ejecutivo, que tiene estado parlamentario y que puede constituir la base de futuros diálogos. Desde la ONG Ejercicio Ciudadano por estos días publicamos un texto que, producto de jornadas de debates, reúne la opinión de constitucionalistas, políticos, funcionarios y organizaciones sociales.
Nunca una reforma constitucional levanta multitudes de ciudadanos volcados a las calles en épicas jornadas. ¿Por qué entonces es necesaria la reforma?
Responderé desde una perspectiva —hay muchas— que tiene que ver con el papel que juega —o debe jugar— el derecho respecto al más débil. El filósofo argentino Carlos Cárcova sostiene que el derecho cumple una función paradojal: cuando promete igualdad oculta efectiva desigualdad, pero además instala un lugar para el reclamo por esa falta de igualdad.
Desde "la mirada" del más débil no es indiferente que un derecho o una garantía esté o no inscripto en su constitución: el reconocimiento de éstos permite luego la lucha, tanto o más valiosa, de su efectivización en el campo de la materialidad e impide que cualquier norma de rango inferior la cercene. Ni la política ni el mercado deberán sustraer esos derechos, y si ocurre, se exigirá el cumplimiento ante el órgano jurisdiccional que no deberá someterse a otro mandato que al imperativo constitucional. Como dice Luigi Ferrajoli, "los derechos fundamentales no caen nunca desde lo alto, sino que se afirman sólo cuando la presión de quien es excluido, a la puerta de quien está incluido, se hace irresistible". Allanemos el camino para que eso ocurra.
En esa línea, nuestra constitución provincial recogiendo su mejor tradición de tolerancia en materia religiosa deberá modificar su artículo 3: no puede ser la religión católica ni ninguna otra, la religión del Estado; deberán contemplarse nuevos derechos, especialmente de los excluidos, de las minorías, de los que sufren "nuevas" discriminaciones, y que sea el lugar inexpugnable de reconocimiento para que se plasmen luego en la realidad; deberá adecuarse la acción de amparo, derogando su actual ley reglamentaria, no sólo porque es incongruente con la constitución nacional sino porque ese instrumento debe permitir esencialmente el acceso a la justicia a los más necesitados, a los que no tienen recursos para esperar los lentos "tiempos" de la justicia común. El amparo debe concebirse como instrumento al servicio del hombre y no del poder.
Pero también una constitución supone "un sistema de límites y vínculos" que se imponen tanto a los poderes privados como públicos: límites para que no se elijan jueces sin requisitos de idoneidad y compromiso democrático; límites para que si se decide la reelección del gobernador, el "reformador" no pueda beneficiarse; límites para que el gobierno no tenga en la legislatura mayorías automáticas sino un congreso abrevado en los consensos entre mayorías y minorías; límite al poder central asegurando la autonomía de municipios y comunas para que sean éstos quienes tengan recursos y poder de decisión (por ejemplo para determinar cuántos concejales debe tener cada ciudad); límite a los partidos gobernantes para que no puedan cambiar las reglas del juego democrático a su conveniencia, por ejemplo, modificando el régimen electoral por mayorías simples (como fue con la ley de lemas) sino exigiendo mayorías especiales, que requieran, otra vez, el consenso mayor posible; límites incorporando nuevos y más eficaces mecanismos de control independiente y exigencia de responsabilidad a los funcionarios; límites a los gobernantes para que tengan que estar obligados a dar información sobre sus actos, y que éstos sean públicos, porque el derecho a la información es un bien social y no una mercancía o monopolio de los oficialismos.
Un hecho relevante y que da cuenta de la inadecuación de nuestra Constitución con la propia Constitución Nacional y con los instrumentos de Derechos Humanos que tienen plena operatividad: Santa Fe tiene en materia de enjuiciamiento penal una confusión institucional de roles que la Constitución permite: actualmente el procurador integra la Corte Suprema (art. 84) pero a su vez es el jefe de los fiscales, es decir, por un lado acusa y por otro integra el órgano que juzga. Además, el procurador es también el jefe de los defensores, siendo que en todo proceso adversarial, acusador y defensor son partes contrapuestas. Santa Fe ha cambiado legislativamente el paradigma del sistema de enjuiciamiento penal con las sanción unánime de las leyes del Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público de la Defensa y la propia Corte provincial dejó abierta la necesidad de una adecuación constitucional cuando al rechazar el planteo de inconstitucionalidad de esas leyes por parte del procurador de la Corte, Agustín Bassó, sostuvo que "su definitiva implementación exige una interpretación del texto constitucional provincial que armonice con este nuevo modelo impuesto por el bloque constitucional ".
Por otro lado, nuestro sistema de enjuiciamiento penal bajo el diseño previsto en la Constitución fue incluso cuestionado por la propia corte nacional en el llamado "caso Fraticelli", dejando sin efecto el fallo y ordenando dictar nueva sentencia ya que, para decirlo en términos sencillos, la intervención de los mismos jueces en la etapa instructoria como en la del juicio, afectan las garantías de imparcialidad y doble instancia consagradas en la Constitución de 1994, en los instrumentos internacionales incorporados a ella y en la jurisprudencia de los tribunales nacionales y regionales.
Por fin, se nos dirá que ninguna reforma constitucional asegurará el cumplimiento de sus premisas, pero diré que con ese criterio tampoco deberíamos sancionar leyes porque también se transgreden. Contestaré con palabras de Roberto Gargarella: es cierto que la pobreza no será eliminada con un texto escrito, pero se torna más difícil eliminarla si nuestros arreglos constitucionales no ayudan a que todas las demandas sociales sean escuchadas y la "palabra pública" solo sea distribuida con el dinero que es capaz de ofrecer cada uno. Es cierto que ninguna promesa escrita por sí misma nos aliviará de la corrupción, pero en sistemas más transparentes ellas resultan desalentadas, a la vez que crece exponencialmente en otros que privilegian el secreto y admiten las negociaciones políticas a espaldas del público.
Ningún tiempo político suele considerarse apropiado para reformar la constitución, es más, los constituyentes de 1853 no vivieron en las mejores condiciones políticas cuando la sancionaron: "todavía estaban humeantes los cañones de la guerra civil". Sin embargo forjaron los cimientos de la Nación sobre la base de la Constitución. Santa Fe vive otros tiempos y ya dejó pasar varias oportunidades, no debiéramos hacerlo una vez más.

Artículo publicado en el diario La Capital, el día 24 de Noviembre del 2011.

Panel junto al Dr. Horacio Rosatti, constitucionalista y ex Ministro de Justicia de la Nación, Ing. Mario Barletta Intendente de la ciudad de Santa Fe e Ing. Miguel Lifschitz Intendente de la ciudad de Santa Fe,  en las Jornadas "Diálogos por la Constitución" organizadas por "Fundación Ejercicio Ciudadano".


domingo, 28 de agosto de 2011

Binner y Superti presentaron el sistema de votación utilizado en las últimas elecciones provinciales

El gobernador Binner destacó que con el nuevo sistema, en las elecciones santafesinas, "no hubo ningún problema en ninguna mesa y el escrutinio fue muy rápido".



El gobernador Hermes Binner, acompañado por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, entre otros funcionarios provinciales, encabezó en la ciudad de Buenos Aires una presentación en la que se brindó un detalle pormenorizado de las acciones realizadas por el gobierno provincial en el marco de la implementación del nuevo sistema de Boleta Única, que se utilizó en Santa Fe en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, y en las generales.

En la oportunidad, el gobernador destacó que con "el nuevo sistema no hubo ningún problema en ninguna mesa y el escrutinio fue muy rápido".

La actividad se desarrolló este viernes, en la Casa de la Provincia de Santa Fe en Buenos Aires (25 de Mayo 168) y contó con la presencia del autor del proyecto de ley que consagró la boleta única, el diputado Pablo Javkin, quien detalló los lineamientos fundamentales de la norma.

A su turno, el ministro Superti precisó que "la boleta única logra igualdad, porque se presentan todos los candidatos de una misma manera". La boleta única fue establecida por la ley N° 13.156 y reglamentada por el decreto N° 86 del gobernador Binner.

Sobre los cambios que se aplicaron con el nuevo sistema, el ministro de Justicia y Derechos Humanos detalló que se "pasó del voto sucesivo al simultáneo, con la utilización de boxes que permiten que pueda ingresar más de una persona. Esto agilizó el tiempo electoral", especificó.

Además, "se ideó una urna de 5 bocas, para que el elector ponga las boletas de cada categoría, que estaban identificadas con un color, en la boca correspondiente. De esta manera las categorías ya estaban ordenadas al momento del escrutinio", precisó el titular de la cartera de Justicia y Derechos Humanos.

Por último, mediante un sorteo se "dispuso el orden de cada partido en la boleta, que era el mismo en todas las categorías", concluyó Superti.

Capacitación y resultados

"El otro desafío fue la capacitación y la difusión de un sistema nuevo", detalló el ministro.

En este sentido, se firmó un convenio con el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), mediante el cual se capacitó a 20 mil autoridades de mesa y "se trabajó con el Ministerio de Educación en la puesta en marcha de un simulacro electoral en las escuelas", recordó Superti.

Además, durante las elecciones generales del 24 de julio el Instituto Provincial de Estadísticas y Censo realizó un relevamiento en los locales de votación para evaluar la percepción de los votantes sobre el nuevo sistema.

Al respecto, el director provincial de Gabinete y Asistencia Técnica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oscar Blando, adelantó algunos resultados: "En un total de 1.200 casos de las ciudades de Rosario, Santa Fe, Rafaela y Armstrong, varones y mujeres de entre 21 y 70 años, el 94 por ciento dijo que es bueno-muy bueno, el 96 por ciento no tuvo problemas al votar, al 96 % le resultó entre fácil y muy fácil votar con el nuevo sistema, el 95 % no necesitó ayuda para hacerlo, el 85 % se sintió seguro con el conteo de los votos, el 86 % entendió que las autoridades de mesa estaban bien o muy bien capacitadas, y el 94 % entendió que el proceso de votación fue rápido o muy rápido".

"Cuando se les propuso una serie de opciones sobre las principales ventajas del nuevo sistema, destacaron la rapidez, facilidad, claridad, no faltan boletas, menos riesgos de fraude, mayor confianza", concluyó el funcionario.

El operativo se desarrolló en el marco del convenio de cooperación suscripto oportunamente entre el gobierno provincial y el Cippec, que continúa con el procesamiento y análisis de los datos.

Las elecciones provinciales

En el año electoral en curso, la provincia Santa Fe utilizó por primera vez una nueva forma de votar, en lo que constituyó también la primera experiencia del país de aplicación del sistema de Boleta Única.

El 22 de mayo se realizaron las internas abiertas, simultáneas y obligatorias, en las que se seleccionaron los candidatos de los distintos partidos y alianzas electorales que luego compitieron en los comicios generales del 24 de julio, cuando los santafesinos eligieron a los representantes que ejercerán funciones de gobierno en la provincia, los municipios y las comunas. Las nuevas autoridades asumirán sus cargos el 10 de diciembre.

Con la implementación del sistema de boleta única por categoría, que reemplaza a las tradicionales boletas partidarias, Santa Fe se puso a la vanguardia en materia de reformas relacionadas con la calidad institucional y la transparencia electoral. Los ciudadanos demostraron tanto en mayo como en julio un gran nivel de participación y conocimiento de esta herramienta electoral, superando el desafío de adecuarse a una nueva forma de votar.

sábado, 6 de agosto de 2011

Boleta Contra Las Trampas

Alejada de los debates políticos que tienen otras provincias, como la reelección de sus gobernadores o la legalidad de las listas colectoras, Santa Fe ha avanzado institucionalmente en materia electoral: primero derogando la "ley de lemas", luego adoptando en el 2007 y antes que en la Nación, el sistema de elecciones primarias, simultáneas y obligatorias y ahora ha sido la primera provincia argentina en votar con la boleta única y el resultado ha sido altamente satisfactorio.


abre comillasLa boleta única impide la concreción de muchas picardías y trampas electoralescierra comillas

Pero los santafesinos no estuvimos exentos de escándalos y denuncias de fraude. En el 2001 el Tribunal Electoral de Santa Fe le negó la posibilidad de presentarse al partido de Elisa Carrió con las siglas ARI pero admitió la presentación de otro sublema con una enorme sigla "ARI", pero que significaba "Ahora Reales Ideas". Conclusión: sacaron casi la misma cantidad votos. Años antes, un candidato a concejal de Rosario se había convertido en "el Clon" por presentar un sublema en el que su apellido aparecía en letras enormes, que confundieron al electorado con su primo candidato a intendente. Conclusión: el más conocido no salió intendente y el menos conocido, fue concejal. Más recientemente, en el 2009 una maniobra fraudulenta se descubrió en la localidad santafesina de Casilda: un "partido" presentó listas cuyos candidatos nunca fueron consultados. La intención, se decía, era "apropiarse del dinero que le correspondía al partido para la impresión de boletas que nunca se harían porque las listas eran truchas".
UN REMEDIO
La boleta única impide la concreción de estas y otras "picardías" y trampas electorales. Al ser el Estado quien tiene la responsabilidad de diseñar, imprimir y distribuir las boletas en lugar de los partidos, reduce la posibilidad de fraudes electorales, termina con el negocio de la impresión de boletas y acaba con la práctica de robar u ocultar boletas en el cuarto oscuro, ya que será el presidente de mesa el encargado de entregar una boleta a cada elector. Se garantiza así al votante autonomía: encontrará todas las opciones garantizando el derecho igualitario a elegir y ser elegido.
La boleta única ataca prácticas clientelares ya que no se pueden utilizar las boletas para el intercambio de favores por votos, como el "voto cadena" (se suprimen los sobres) y elimina la posibilidad de distribuir boletas falsas o adulteradas de los adversarios para perjudicarlos. Evita la lista sábana horizontal y los candidatos a diputados y concejales ya no serán elegidos por "colgarse" de una candidatura conocida para gobernador o intendente, sino que lo serán a partir de la decisión autónoma de los votantes.
La boleta única es el instrumento de votación más usado en las democracias del mundo. Lo extraño no es que utilicemos la boleta única, lo extraño es que todavía votemos con las boletas partidarias: en América latina sólo Argentina y Uruguay utilizan la boleta partidaria y el 80% de los países en el mundo usan la boleta por categoría y no por partidos (con alternativas en los diseños de boletas), habiendo sido adoptada por Estados con alto y bajo grado de desarrollo social y cultural.
LA APLICACION
La implementación de la boleta única en Santa Fe fue promisoria: la ciudadanía, como lo indicaron organismos nacionales e internacionales (CIPPEC y la OEA) comprendió, -merced a una amplia campaña de difusión masiva- cómo era el sistema y concurrió a votar, manteniendo los niveles históricos de asistencia: más del 72% de los electores. Los ciudadanos rescataron el sistema por su "sencillez y agilidad": no hubo filas esperando para votar, ya que se habilitaron hasta cinco cabinas para que los electores simultáneamente eligieran secretamente a sus candidatos.
Utilizando instrumentos de medición se comprobó mediante encuestas, que las autoridades de mesa (tres en total: un presidente y dos auxiliares) -actores claves para un eficiente proceso electoral con boleta única- manifestaron en un 98%, que la capacitación recibida había sido entre buena y muy buena y percibieron que más de un 80% de los votantes tuvieron una visión positiva del nuevo sistema.
El porcentaje de voto válido en las elecciones primarias fue del 95%, (en las generales del 96%) incluyendo a los votos afirmativos (88%) y en blanco (7%), advirtiendo que en Santa Fe el voto en blanco es más "válido" que nunca, dado que exige del elector que lo coloque en un casillero específico. A su vez, el voto nulo alcanzó al 5%, (4% en las generales) de los cuales, el 60% de ellos, fue la no realización de marca alguna, lo cual supone que es equiparable al voto en blanco en el sistema anterior. Los votos recurridos fueron del 0,11%, no hubo ninguna boleta falsa (no oficial) y todas tenían la firma de la autoridad de mesa. Como evaluara la misión de la OEA, "el cierre y el escrutinio se desarrollaron dentro de las formas y tiempos esperados".
TRAMPAS ELECTORALES
Las deficiencias del actual sistema de votación a nivel nacional posibilitó la realización de trampas electorales y falta de transparencia que afectan la calidad y legitimidad de los procesos electorales. La boleta única intenta disminuir o suprimir esas prácticas, dándole al elector un extraordinario poder de autonomía. Eso es todo y no es poco. Pero no debe pedirse a la boleta única que supere o modifique los rasgos de un sistema electoral, porque no lo es en sí mismo, sino que expresa una de sus áreas: el sistema de votación. La boleta única debe ser parte de una reforma política más amplia y profunda.
Dejar a discreción y posibilidades de los partidos la distribución de las boletas afecta el derecho del elector a elegir y el de los candidatos a ser elegidos. Cuando los partidos eran fuertes organizaciones de masa los militantes cumplían funciones de fiscalización que por razones de organización y financiamiento hoy no pueden cumplir y coloca así a los partidos en situaciones de franca competencia desigual afectando el principio representativo. Es hora de evaluar, como lo ha sugerido la Cámara Nacional Electoral, la utilización de la boleta única en todo el país. Podrá discutirse cómo se implementará, qué diseño de boleta se adoptará, pero sin dudas, es un avance que mejora la calidad institucional y democrática.


Bancas Parlamentarias y Democracia

La adjudicación de la banca a Carlos del Frade de Proyecto Sur en Santa Fe no sólo es justa desde una política democrática sino también desde una perspectiva democrática de justicia electoral.
Partiendo de este enfoque, el respeto por la soberanía popular, no cabe duda que impedir el acceso a una banca a quien la ganó en las urnas, aventajando incluso en votos a quienes obtuvieron menos que sí ingresarán a la Legislatura, es una tarea difícil de justificar. La llamada ley Nº 9.280 fue concebida en un contexto restrictivo de la participación política: la nuevas tendencias democráticas en materia electoral tienden a suprimir o disminuir barreras que impiden el acceso de la minorías a los cuerpos legislativos: todo lo contrario, se flexibilizan las exigencias de "pisos" mínimos, tendientes a dar cabida a las expresiones más amplias de una sociedad cada vez más plural y diversa.
Y aquí entramos a un tema central de la política representativa democrática que no debe soslayarse y que ha estado ajena en el debate: se confunden dos planos que el politólogo alemán Dieter Nohlen pone de resalto en estos términos interrogativos: ¿cuáles son los objetivos políticos de la representación mayoritaria y cuáles los de la representación proporcional? El objetivo político de la representación mayoritaria es producir una mayoría parlamentaria para un partido o coalición: el ejemplo serían los 28 diputados de la Legislatura santafesina que se lleva el ganador de esta categoría en donde precisamente los votos obtenidos por los candidatos derrotados no cuentan, así sea que se haya ganado por un voto. El objetivo es obtener mayoría parlamentaria aunque no se haya obtenido la mayoría absoluta de los votos: esta mayoría, por lo objetivos que persigue, se consigue (aún) mediante la desproporción entre votos y escaños.
En cambio en la representación proporcional (referida a los 22 diputados del artículo 32 de la Constitución provincial y a la banca en cuestión), el objetivo político consiste en expresar lo más fielmente posible los votos obtenidos en escaños reflejando lo más fidedignamente a la fuerzas sociales y las agrupaciones políticas existentes en un determinado país (provincia o ciudad) y esta ecuación se logra solamente si las fuerzas políticas se ven reflejadas en virtud de una relación proporcional entre votos y escaños.
No hay dudas que la banca que reclama Proyecto Sur responde a la lógica de la representación proporcional porque es expresión de una minoría que debe tener una correspondencia entre los votos obtenidos y los escaños en juego. Este debería ser el norte constitucional interpretativo: los casi 60.000 votos conseguidos por Del Frade frente a otros candidatos que obtuvieron menos, aplicando el sistema proporcional D´Hont que eligió el constituyente, sería la razón suficiente como para no discutirse esa banca desde una perspectiva representativa y democrática.
Las razones jurídicas. Sin embargo, existen razones jurídicas y constitucionales que también avalan la asignación de esta banca a Proyecto Sur. Es cierto que el artículo 9 de la 12.367 al exigir "1397518451como mínimo el tres por ciento (3 por ciento) de los votos afirmativos válidos emitidos" se refiere a los "candidatos" (y no a los "cargos" o "diputados") de "las listas de cada partido, confederación de partidos y alianzas electorales que participaron en la elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria". Cuestión que es ratificada en la reglamentación de ese artículo cuando indudablemente hace referencia a los "candidatos" de las "listas que serán oficializadas de oficio por el Tribunal Electoral de la provincia para la elección general".
Pero a mi juicio el tema a abordar está en el artículo 18 de la citada norma, cuando se refiere a la "Asignación de cargos" y sostiene que "para la distribución de los cargos a diputados provinciales se estará a lo dispuesto al respecto por la Constitución provincial (artículo 32), adjudicándose las bancas así obtenidas por cada partido político, aplicándose el sistema proporcional D'Hont". Punto, nada más. No hay otra exigencia ni piso alguno.
¿Cómo debe interpretarse este tema desde una perspectiva de justicia electoral democrática que atienda a los principios de la representación proporcional que el legislador de la democracia remite solamente al artículo 32 de la Constitución?: 1) que esa remisión exclusiva a una norma de mayor rango hace inaplicable la exigencia del artículo 5º de la llamada ley 9.280; 2) que la ley de la democracia 12.367, que es posterior, ha derogado tácitamente (por su contradicción) a la "ley" de facto concebida exclusivamente para elecciones generales dado que no existía ley de primarias abiertas en 1983; 3) que es irrazonable, injustificada y por tanto, arbitraria, la interpretación que exige para la primaria el 3 por ciento de los votos validos afirmativos de la ley 12.367 y además para las generales, incluso una proporción mayor, el 3 por ciento del padrón. Ello es así porque consagrando esa exigencia premia (en verdad trastoca la voluntad popular) a candidatos que han obtenido menos votos que le permiten ingresar a la Legislatura, creando una desigualdad que afecta la legitimidad y la representación proporcional de raigambre constitucional y democrática. Quien ha superado las primarias y ha participado de las elecciones generales en el caso de las minorías sólo debe el reparto de escaños al formato previsto por el sistema proporcional D'Hont del artículo 32 la Carta Magna provincial, es decir, "en proporción de los sufragios que hubieren logrado".
Por fin, digamos que alguna vez deberíamos discutir sobre el valor y prevalencia de las leyes: cuando están en juego y en contradicción dos normas, una posterior y de la democracia, y otra anterior y de un gobierno inconstitucional, nunca puede prevalecer esta última. La propia Corte de Justicia provincial en el caso "Gaggiamo" con el primer voto señero del Dr. Juan Bernardo Iturraspe dijo en relación a este tema: "La norma dictada de facto, una vez sobrevenido el régimen de jure, no puede prevalecer ultraactivamente sobre éste, porque ello importaría otorgar un valor superior al hecho que al derecho, al usurpador que al gobernante legal, a la minoría detentadora de la fuerza sobre el pueblo".

jueves, 28 de julio de 2011

Se brindaron detalles del operativo electoral en Santa Fe

El acto estuvo presidido por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti. Además participaron el secretario de Tecnologías para la Gestión, Javier Echaniz y el director del gabinete del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oscar Blando.

En el encuentro se brindaron detalles sobre las medidas adoptadas después de la experiencia inicial obtenida en las primarias, en torno al sistema de boleta única que tuvo lugar el 22 de mayo. En ese sentido, se referenció, entre otros temas, a cambios operativos y al escrutinio, tanto al que se realizará en la mesa como al que se llevará a cabo en el centro de cómputos y que se denomina "provisorio".

"Tenemos todo preparado y listo. Esperemos que se repita la misma fiesta cívica del 22 de mayo, para que la gente pueda expresar en democracia la decisión, realizando el acto más significativo que se puede tener con este tipo de gobierno", aseguró Héctor Superti en diálogo con Diario UNO.

"Pensamos que va a ser más simple, sencillo y rápido. Simple porque no vamos a tener las internas de todos los partidos y porque hemos tomado más medidas para agilizar el escrutinio dentro de los lugares de votación, así como también la transmisión de datos. Con todas estas medidas perseguimos acortar los tiempos para obtener los resultados lo antes posible", subrayó el ministro de Justicia y Derechos Humanos. "Creemos y queremos que para la medianoche vamos a tener alguna tendencia firme", continuó agregando Superti.

"En el caso de tener problemas con internet o con la energía eléctrica, tenemos planes de contingencia perfectamente establecidos y probados", resaltó.

"Para profundizar el estudio del comportamiento del sistema electoral, hemos diseñado una encuesta para realizar en algunos lugares de votación, tanto en Santa Fe, como en Rosario y en alguna localidad del interior. Dichas encuestas van a ser realizadas por el personal del IPEC, y van a ser de carácter anónimas, voluntarias y gratuitas. Además, no tienen nada que ver con las denominadas bocas de urnas, ya que se van a realizar preguntas vinculadas a la metodología de la elección y orientadas al perfil personal de cada votante. El análisis de las respuestas, nos van a permitir en el futuro introducir reformas normativas respecto al sistema electoral", manifestó Hector Superti, ministro de Justicia y Derechos Humanos.