domingo, 28 de agosto de 2011

Binner y Superti presentaron el sistema de votación utilizado en las últimas elecciones provinciales

El gobernador Binner destacó que con el nuevo sistema, en las elecciones santafesinas, "no hubo ningún problema en ninguna mesa y el escrutinio fue muy rápido".



El gobernador Hermes Binner, acompañado por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, entre otros funcionarios provinciales, encabezó en la ciudad de Buenos Aires una presentación en la que se brindó un detalle pormenorizado de las acciones realizadas por el gobierno provincial en el marco de la implementación del nuevo sistema de Boleta Única, que se utilizó en Santa Fe en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, y en las generales.

En la oportunidad, el gobernador destacó que con "el nuevo sistema no hubo ningún problema en ninguna mesa y el escrutinio fue muy rápido".

La actividad se desarrolló este viernes, en la Casa de la Provincia de Santa Fe en Buenos Aires (25 de Mayo 168) y contó con la presencia del autor del proyecto de ley que consagró la boleta única, el diputado Pablo Javkin, quien detalló los lineamientos fundamentales de la norma.

A su turno, el ministro Superti precisó que "la boleta única logra igualdad, porque se presentan todos los candidatos de una misma manera". La boleta única fue establecida por la ley N° 13.156 y reglamentada por el decreto N° 86 del gobernador Binner.

Sobre los cambios que se aplicaron con el nuevo sistema, el ministro de Justicia y Derechos Humanos detalló que se "pasó del voto sucesivo al simultáneo, con la utilización de boxes que permiten que pueda ingresar más de una persona. Esto agilizó el tiempo electoral", especificó.

Además, "se ideó una urna de 5 bocas, para que el elector ponga las boletas de cada categoría, que estaban identificadas con un color, en la boca correspondiente. De esta manera las categorías ya estaban ordenadas al momento del escrutinio", precisó el titular de la cartera de Justicia y Derechos Humanos.

Por último, mediante un sorteo se "dispuso el orden de cada partido en la boleta, que era el mismo en todas las categorías", concluyó Superti.

Capacitación y resultados

"El otro desafío fue la capacitación y la difusión de un sistema nuevo", detalló el ministro.

En este sentido, se firmó un convenio con el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), mediante el cual se capacitó a 20 mil autoridades de mesa y "se trabajó con el Ministerio de Educación en la puesta en marcha de un simulacro electoral en las escuelas", recordó Superti.

Además, durante las elecciones generales del 24 de julio el Instituto Provincial de Estadísticas y Censo realizó un relevamiento en los locales de votación para evaluar la percepción de los votantes sobre el nuevo sistema.

Al respecto, el director provincial de Gabinete y Asistencia Técnica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oscar Blando, adelantó algunos resultados: "En un total de 1.200 casos de las ciudades de Rosario, Santa Fe, Rafaela y Armstrong, varones y mujeres de entre 21 y 70 años, el 94 por ciento dijo que es bueno-muy bueno, el 96 por ciento no tuvo problemas al votar, al 96 % le resultó entre fácil y muy fácil votar con el nuevo sistema, el 95 % no necesitó ayuda para hacerlo, el 85 % se sintió seguro con el conteo de los votos, el 86 % entendió que las autoridades de mesa estaban bien o muy bien capacitadas, y el 94 % entendió que el proceso de votación fue rápido o muy rápido".

"Cuando se les propuso una serie de opciones sobre las principales ventajas del nuevo sistema, destacaron la rapidez, facilidad, claridad, no faltan boletas, menos riesgos de fraude, mayor confianza", concluyó el funcionario.

El operativo se desarrolló en el marco del convenio de cooperación suscripto oportunamente entre el gobierno provincial y el Cippec, que continúa con el procesamiento y análisis de los datos.

Las elecciones provinciales

En el año electoral en curso, la provincia Santa Fe utilizó por primera vez una nueva forma de votar, en lo que constituyó también la primera experiencia del país de aplicación del sistema de Boleta Única.

El 22 de mayo se realizaron las internas abiertas, simultáneas y obligatorias, en las que se seleccionaron los candidatos de los distintos partidos y alianzas electorales que luego compitieron en los comicios generales del 24 de julio, cuando los santafesinos eligieron a los representantes que ejercerán funciones de gobierno en la provincia, los municipios y las comunas. Las nuevas autoridades asumirán sus cargos el 10 de diciembre.

Con la implementación del sistema de boleta única por categoría, que reemplaza a las tradicionales boletas partidarias, Santa Fe se puso a la vanguardia en materia de reformas relacionadas con la calidad institucional y la transparencia electoral. Los ciudadanos demostraron tanto en mayo como en julio un gran nivel de participación y conocimiento de esta herramienta electoral, superando el desafío de adecuarse a una nueva forma de votar.

sábado, 6 de agosto de 2011

Boleta Contra Las Trampas

Alejada de los debates políticos que tienen otras provincias, como la reelección de sus gobernadores o la legalidad de las listas colectoras, Santa Fe ha avanzado institucionalmente en materia electoral: primero derogando la "ley de lemas", luego adoptando en el 2007 y antes que en la Nación, el sistema de elecciones primarias, simultáneas y obligatorias y ahora ha sido la primera provincia argentina en votar con la boleta única y el resultado ha sido altamente satisfactorio.


abre comillasLa boleta única impide la concreción de muchas picardías y trampas electoralescierra comillas

Pero los santafesinos no estuvimos exentos de escándalos y denuncias de fraude. En el 2001 el Tribunal Electoral de Santa Fe le negó la posibilidad de presentarse al partido de Elisa Carrió con las siglas ARI pero admitió la presentación de otro sublema con una enorme sigla "ARI", pero que significaba "Ahora Reales Ideas". Conclusión: sacaron casi la misma cantidad votos. Años antes, un candidato a concejal de Rosario se había convertido en "el Clon" por presentar un sublema en el que su apellido aparecía en letras enormes, que confundieron al electorado con su primo candidato a intendente. Conclusión: el más conocido no salió intendente y el menos conocido, fue concejal. Más recientemente, en el 2009 una maniobra fraudulenta se descubrió en la localidad santafesina de Casilda: un "partido" presentó listas cuyos candidatos nunca fueron consultados. La intención, se decía, era "apropiarse del dinero que le correspondía al partido para la impresión de boletas que nunca se harían porque las listas eran truchas".
UN REMEDIO
La boleta única impide la concreción de estas y otras "picardías" y trampas electorales. Al ser el Estado quien tiene la responsabilidad de diseñar, imprimir y distribuir las boletas en lugar de los partidos, reduce la posibilidad de fraudes electorales, termina con el negocio de la impresión de boletas y acaba con la práctica de robar u ocultar boletas en el cuarto oscuro, ya que será el presidente de mesa el encargado de entregar una boleta a cada elector. Se garantiza así al votante autonomía: encontrará todas las opciones garantizando el derecho igualitario a elegir y ser elegido.
La boleta única ataca prácticas clientelares ya que no se pueden utilizar las boletas para el intercambio de favores por votos, como el "voto cadena" (se suprimen los sobres) y elimina la posibilidad de distribuir boletas falsas o adulteradas de los adversarios para perjudicarlos. Evita la lista sábana horizontal y los candidatos a diputados y concejales ya no serán elegidos por "colgarse" de una candidatura conocida para gobernador o intendente, sino que lo serán a partir de la decisión autónoma de los votantes.
La boleta única es el instrumento de votación más usado en las democracias del mundo. Lo extraño no es que utilicemos la boleta única, lo extraño es que todavía votemos con las boletas partidarias: en América latina sólo Argentina y Uruguay utilizan la boleta partidaria y el 80% de los países en el mundo usan la boleta por categoría y no por partidos (con alternativas en los diseños de boletas), habiendo sido adoptada por Estados con alto y bajo grado de desarrollo social y cultural.
LA APLICACION
La implementación de la boleta única en Santa Fe fue promisoria: la ciudadanía, como lo indicaron organismos nacionales e internacionales (CIPPEC y la OEA) comprendió, -merced a una amplia campaña de difusión masiva- cómo era el sistema y concurrió a votar, manteniendo los niveles históricos de asistencia: más del 72% de los electores. Los ciudadanos rescataron el sistema por su "sencillez y agilidad": no hubo filas esperando para votar, ya que se habilitaron hasta cinco cabinas para que los electores simultáneamente eligieran secretamente a sus candidatos.
Utilizando instrumentos de medición se comprobó mediante encuestas, que las autoridades de mesa (tres en total: un presidente y dos auxiliares) -actores claves para un eficiente proceso electoral con boleta única- manifestaron en un 98%, que la capacitación recibida había sido entre buena y muy buena y percibieron que más de un 80% de los votantes tuvieron una visión positiva del nuevo sistema.
El porcentaje de voto válido en las elecciones primarias fue del 95%, (en las generales del 96%) incluyendo a los votos afirmativos (88%) y en blanco (7%), advirtiendo que en Santa Fe el voto en blanco es más "válido" que nunca, dado que exige del elector que lo coloque en un casillero específico. A su vez, el voto nulo alcanzó al 5%, (4% en las generales) de los cuales, el 60% de ellos, fue la no realización de marca alguna, lo cual supone que es equiparable al voto en blanco en el sistema anterior. Los votos recurridos fueron del 0,11%, no hubo ninguna boleta falsa (no oficial) y todas tenían la firma de la autoridad de mesa. Como evaluara la misión de la OEA, "el cierre y el escrutinio se desarrollaron dentro de las formas y tiempos esperados".
TRAMPAS ELECTORALES
Las deficiencias del actual sistema de votación a nivel nacional posibilitó la realización de trampas electorales y falta de transparencia que afectan la calidad y legitimidad de los procesos electorales. La boleta única intenta disminuir o suprimir esas prácticas, dándole al elector un extraordinario poder de autonomía. Eso es todo y no es poco. Pero no debe pedirse a la boleta única que supere o modifique los rasgos de un sistema electoral, porque no lo es en sí mismo, sino que expresa una de sus áreas: el sistema de votación. La boleta única debe ser parte de una reforma política más amplia y profunda.
Dejar a discreción y posibilidades de los partidos la distribución de las boletas afecta el derecho del elector a elegir y el de los candidatos a ser elegidos. Cuando los partidos eran fuertes organizaciones de masa los militantes cumplían funciones de fiscalización que por razones de organización y financiamiento hoy no pueden cumplir y coloca así a los partidos en situaciones de franca competencia desigual afectando el principio representativo. Es hora de evaluar, como lo ha sugerido la Cámara Nacional Electoral, la utilización de la boleta única en todo el país. Podrá discutirse cómo se implementará, qué diseño de boleta se adoptará, pero sin dudas, es un avance que mejora la calidad institucional y democrática.


Bancas Parlamentarias y Democracia

La adjudicación de la banca a Carlos del Frade de Proyecto Sur en Santa Fe no sólo es justa desde una política democrática sino también desde una perspectiva democrática de justicia electoral.
Partiendo de este enfoque, el respeto por la soberanía popular, no cabe duda que impedir el acceso a una banca a quien la ganó en las urnas, aventajando incluso en votos a quienes obtuvieron menos que sí ingresarán a la Legislatura, es una tarea difícil de justificar. La llamada ley Nº 9.280 fue concebida en un contexto restrictivo de la participación política: la nuevas tendencias democráticas en materia electoral tienden a suprimir o disminuir barreras que impiden el acceso de la minorías a los cuerpos legislativos: todo lo contrario, se flexibilizan las exigencias de "pisos" mínimos, tendientes a dar cabida a las expresiones más amplias de una sociedad cada vez más plural y diversa.
Y aquí entramos a un tema central de la política representativa democrática que no debe soslayarse y que ha estado ajena en el debate: se confunden dos planos que el politólogo alemán Dieter Nohlen pone de resalto en estos términos interrogativos: ¿cuáles son los objetivos políticos de la representación mayoritaria y cuáles los de la representación proporcional? El objetivo político de la representación mayoritaria es producir una mayoría parlamentaria para un partido o coalición: el ejemplo serían los 28 diputados de la Legislatura santafesina que se lleva el ganador de esta categoría en donde precisamente los votos obtenidos por los candidatos derrotados no cuentan, así sea que se haya ganado por un voto. El objetivo es obtener mayoría parlamentaria aunque no se haya obtenido la mayoría absoluta de los votos: esta mayoría, por lo objetivos que persigue, se consigue (aún) mediante la desproporción entre votos y escaños.
En cambio en la representación proporcional (referida a los 22 diputados del artículo 32 de la Constitución provincial y a la banca en cuestión), el objetivo político consiste en expresar lo más fielmente posible los votos obtenidos en escaños reflejando lo más fidedignamente a la fuerzas sociales y las agrupaciones políticas existentes en un determinado país (provincia o ciudad) y esta ecuación se logra solamente si las fuerzas políticas se ven reflejadas en virtud de una relación proporcional entre votos y escaños.
No hay dudas que la banca que reclama Proyecto Sur responde a la lógica de la representación proporcional porque es expresión de una minoría que debe tener una correspondencia entre los votos obtenidos y los escaños en juego. Este debería ser el norte constitucional interpretativo: los casi 60.000 votos conseguidos por Del Frade frente a otros candidatos que obtuvieron menos, aplicando el sistema proporcional D´Hont que eligió el constituyente, sería la razón suficiente como para no discutirse esa banca desde una perspectiva representativa y democrática.
Las razones jurídicas. Sin embargo, existen razones jurídicas y constitucionales que también avalan la asignación de esta banca a Proyecto Sur. Es cierto que el artículo 9 de la 12.367 al exigir "1397518451como mínimo el tres por ciento (3 por ciento) de los votos afirmativos válidos emitidos" se refiere a los "candidatos" (y no a los "cargos" o "diputados") de "las listas de cada partido, confederación de partidos y alianzas electorales que participaron en la elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria". Cuestión que es ratificada en la reglamentación de ese artículo cuando indudablemente hace referencia a los "candidatos" de las "listas que serán oficializadas de oficio por el Tribunal Electoral de la provincia para la elección general".
Pero a mi juicio el tema a abordar está en el artículo 18 de la citada norma, cuando se refiere a la "Asignación de cargos" y sostiene que "para la distribución de los cargos a diputados provinciales se estará a lo dispuesto al respecto por la Constitución provincial (artículo 32), adjudicándose las bancas así obtenidas por cada partido político, aplicándose el sistema proporcional D'Hont". Punto, nada más. No hay otra exigencia ni piso alguno.
¿Cómo debe interpretarse este tema desde una perspectiva de justicia electoral democrática que atienda a los principios de la representación proporcional que el legislador de la democracia remite solamente al artículo 32 de la Constitución?: 1) que esa remisión exclusiva a una norma de mayor rango hace inaplicable la exigencia del artículo 5º de la llamada ley 9.280; 2) que la ley de la democracia 12.367, que es posterior, ha derogado tácitamente (por su contradicción) a la "ley" de facto concebida exclusivamente para elecciones generales dado que no existía ley de primarias abiertas en 1983; 3) que es irrazonable, injustificada y por tanto, arbitraria, la interpretación que exige para la primaria el 3 por ciento de los votos validos afirmativos de la ley 12.367 y además para las generales, incluso una proporción mayor, el 3 por ciento del padrón. Ello es así porque consagrando esa exigencia premia (en verdad trastoca la voluntad popular) a candidatos que han obtenido menos votos que le permiten ingresar a la Legislatura, creando una desigualdad que afecta la legitimidad y la representación proporcional de raigambre constitucional y democrática. Quien ha superado las primarias y ha participado de las elecciones generales en el caso de las minorías sólo debe el reparto de escaños al formato previsto por el sistema proporcional D'Hont del artículo 32 la Carta Magna provincial, es decir, "en proporción de los sufragios que hubieren logrado".
Por fin, digamos que alguna vez deberíamos discutir sobre el valor y prevalencia de las leyes: cuando están en juego y en contradicción dos normas, una posterior y de la democracia, y otra anterior y de un gobierno inconstitucional, nunca puede prevalecer esta última. La propia Corte de Justicia provincial en el caso "Gaggiamo" con el primer voto señero del Dr. Juan Bernardo Iturraspe dijo en relación a este tema: "La norma dictada de facto, una vez sobrevenido el régimen de jure, no puede prevalecer ultraactivamente sobre éste, porque ello importaría otorgar un valor superior al hecho que al derecho, al usurpador que al gobernante legal, a la minoría detentadora de la fuerza sobre el pueblo".